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Educación Financiera Lectura: 4 min septiembre 02, 2020

¿Cuáles son los nuevos roles en la portabilidad financiera?

Paola de Con Letra Grande

Experta en finanzas personales y educación financiera

La implementación de la portabilidad financiera acarrea esfuerzos personales e institucionales para asegurar el éxito de su puesta en marcha. Por eso es tan importante conocer los roles específicos que tienen en el proceso tanto las entidades como los consumidores, ya sean personas naturales, microempresas o pymes.


Es un acontecimiento inédito en la industria financiera local y que involucra la participación de diversos actores para asegurar el éxito de su implementación. 

Primero, es importante destacar que beneficiará aparte o la totalidad del 97% de la población que mantiene al menos un producto financiero activo -según Informe de Inclusión Financiera en Chile 2019-, así como a una cantidad importante de empresas que se financian a través de los distintos créditos disponibles.

Por otro lado, no serán solo los bancos los únicos en adoptar la nueva normativa, sino que también las compañías de seguros, agentes administradores de mutuos hipotecarios, cooperativas de ahorro y crédito, cajas de compensación y, en general, cualquier institución regulada por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

De aquí la relevancia en conocer cuáles son los nuevos roles que tendrá cada uno de los actores de la industria en este gran acontecimiento.

¿Qué ocurre en el caso que una persona quiera evaluar sus opciones de cambio de institución financiera?

Toda persona que evalúe cambiar su entidad financiera o refinanciar sus créditos, debe solicitar de manera gratuita el certificado de liquidación, documento que tendrá la individualización de sus productos activos, junto con la tasa y comisiones aplicables, y el valor del prepago de cada uno de sus créditos.

En este proceso, la institución inicial es la encargada de generar el certificado de liquidación en un plazo máximo de 5 días, el cual es enviado por el consumidor a las instituciones que él estime pertinente para obtener las distintas ofertas de los productos individualizados en el documento de liquidación.

También existe la posibilidad que las personas se comuniquen directamente con los proveedores con quienes quieran cotizar y, aquí, es la entidad a portarse la responsable de solicitar el certificado de liquidación al proveedor inicial, para posteriormente hacer llegar su oferta comercial detallada a su posible cliente.

Esta oferta tendrá una vigencia mínima de 7 días contados de la fecha de su emisión y puede considerar todos o algunos de los productos individualizados en el certificado de liquidación.

Además, deberá incluir una tabla que especifique lo que paga actualmente cada persona a su institución inicial, versus lo que ofrece la nueva entidad, detallando datos como las tasas, seguros asociados, cuotas mensuales y el plazo de la suscripción del nuevo contrato de cada uno de los productos financieros ofertados.

Debido a lo detallado de este informe, te recomendamos que aproveches la portabilidad financiera como una oportunidad para que ordenes tu dinero.

¿Qué pasa cuando una persona solicita la portabilidad?

Hasta ahora era el consumidor, ya fuera persona natural o jurídica, el encargado de realizar la totalidad de los trámites correspondientes al cambio de un proveedor financiero. Sin embargo, con la Ley de Portabilidad, será la nueva entidad quien realice estas gestiones a nombre del cliente.

Así, las personas que soliciten la portabilidad tienen que llenar un formulario que su actual proveedor debe poner a disposición a través de sus canales de atención; contando con un plazo máximo de 30 días para solicitar ofertas de otras entidades financieras, evaluar la alternativa que más les convenga y concretar el cambio.

Por su parte, las instituciones financieras involucradas en este proceso se harán cargo de las siguientes funciones una vez el cliente manifieste su disposición a trasladar sus productos financieros:

  • La entidad a portarse es responsable de ponerse en contacto con el proveedor inicial para solicitar el certificado de liquidación del posible cliente y realizar oferta comercial a este, la que, de aprobarse, permitirá la creación de los nuevos productos así como la gestión del mandato de cierre.
  • El proveedor inicial está a cargo de generar el certificado de liquidación y emitir el documento que permite a la nueva entidad realizar la oferta. De concretarse la portabilidad, también hará el bloqueo de productos rotativos (línea y tarjeta de crédito) para, posteriormente, llevar a cabo el pago y cierre de los mismos.

¿Existe algún tratamiento especial para ciertos productos?

Cuando se trata de créditos de bienes tangibles como propiedades o vehículos y la persona quiere trasladar este producto a otra institución financiera, existe una diferencia en el proceso de portabilidad.

Según esta nota de La Tercera, se trataría de un caso de subrogación especial de créditos, el cual requiere de las siguientes funciones:

  • El proveedor inicial emite el certificado de liquidación solicitado ya sea por el cliente o la entidad a portarse, el cual marcará la pauta de la oferta realizada por esta última.
  • Si el nuevo contrato modifica tasas, plazos y condiciones de pago, y la persona acepta la oferta; el nuevo proveedor está obligado a celebrar el contrato bajo los mismos términos ofertados.
  • A diferencia de lo que pasa actualmente, no se requerirá que el proveedor inicial firme ningún documento, pues con el pago ocurre automáticamente la subrogación del crédito.

Nuevos roles para una portabilidad exitosa

Considerando la posibilidad que durante la implementación de la portabilidad financiera surjan situaciones que, a su vez, requieran la participación de los diferentes actores, nuestra recomendación es que estés al tanto de todas las novedades que la industria está a punto de experimentar.

Así, no solo sabrás cómo actuar, sino que también contribuirás a que el proceso resulte exitoso.

 

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